Nueva prórroga para uso de la factura electrónica 4.0 en México

Nueva prórroga para uso de la factura electrónica 4.0 en México

Hace unos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una nueva prórroga para el uso obligatorio de la factura electrónica en su formato 4.0 en México, estipulando como nueva fecha hasta el 1 de abril de 2023.


Entorno actual de la facturación electrónica en México

Este nueva prórroga se da ante un sistema fiscal mexicano en el que sus contribuyentes, desde personas físicas a personas morales y de todo tipo de escalas económicas, se han visto con trabas y dificultades en pasar de usar la factura electrónica 3.3 a implementar la factura electrónica 4.0, tanto por temas de infraestructura tecnológica como por temas de nuevas implicaciones de recopilación de datos para facturar así como en tiempos incurridos en la emisión de facturas.

Y es que, si bien desde el 2021 el SAT anunció la implementación de la factura electrónica 4.0 para el 2022 (puedes ver más sobre el CFDi 4.0 en éste post), desde inicios de éste presente año se presentaron fallas y retrasos en la implementación en México de éste nuevo esquema de la factura electrónica, lo que entonces provocó que el SAT fuera posponiendo a lo largo de los meses su uso obligatorio, llevando entonces a permitir todavía usar la factura electrónica en su formato 3.3.


Quedando entonces, con esta nueva estipulación, que la autoridad fiscal mexicana permite usar ambos formatos de facturación, el actual de la factura electrónica 3.3 y el nuevo formato 4.0, hasta el 31 de marzo 2023, quedando entonces como uso obligatorio de la factura electrónica 4.0 hasta el 1 de abril 2023.


Este tema de la factura electrónica 4.0 ha supuesto todo un desafío para las empresas mexicanas: recopilación, almacenamiento y gestión de datos; capacitación del personal sobre las novedades que la factura electrónica 4.0 conlleva; implementación de procesos para envío y recepción de facturas electrónicas, con clientes y proveedores respectivamente; vigilancia del debido cumplimiento de los requisitos de facturación (para hacer deducibles los gastos y evitar multas); fallas sobre el acoplamiento de este tema de la facturación a los procesos administrativos de la empresa; incertidumbre sobre los nuevos tecnicismos fiscales que se derivan de la facturación electrónica, etc. Y la lista no acaba. Si no quieres batallar con esto de la factura electrónica 4.0, con gusto te podemos orientar.

La misma suerte para los complementos de la factura electrónica

En concordancia con ésto, la autoridad fiscal mexicana asimismo amplió el plazo hasta las mismas fechas para el uso de los complementos de la facturación electrónica 3.3 (puedes conocer más sobre los complementos electrónicos en este post).

En el caso particular del complemento de nómina, semanas más atrás el SAT había estipulado que se podía seguir usando la factura electrónica 3.3 y su correspondiente complemento de nóminas, el de formato 1.2, hasta el 31 de marzo 2023.


Y más plazo para el complemento ‘Carta Porte’

Y en el caso del complemento electrónico ‘Carta Porte’, el cual ha visto una serie de retrasos e imprevistos en su implementación, el SAT refrendó su uso obligatorio en su nuevo formato pero estipulando que no infraccionará ni multará por no contar con todos los requisitos que se piden para este complemento electrónico hasta el 31 de julio de 2023.


Como vemos entonces, el SAT ha postergado una vez más el uso obligatorio de la factura electrónica 4.0 (puedes ver éste post y éste otro post sobre las prórrogas que se han dado previamente durante el año) en lo que el sistema fiscal mexicano consigue normalizar su uso. Si quieres que su implementación en tu empresa no sea confusa, tardada y tediosa, no dudes en buscarnos.