¿No sabes qué son los complementos de las facturas electrónicas?

¿No sabes qué son los complementos de las facturas electrónicas?

El tema de la facturación electrónica (CFDi) ha tenido una evolución por demás acelerada y drástica a lo largo de los años en México. Pasamos de dar valor fiscal a notas foliadas llenadas a mano a implementar, por parte del SAT, un sistema digital de emisión de facturas para todos los contribuyentes en México. Y los requisitos de datos e información a capturar por obligación legal han hecho que este tema sea de lo más vasto y diversificado. Por ejemplo, a día de hoy tenemos que: buscar la clave del producto o servicio que ofrecemos de un catálogo de productos/servicios del SAT, al igual que con la unidad de venta; definir el uso del CFDi de un catálogo igulamente proporcionado por el SAT. Y los requisitos no acaban.

Ahora bien, un apartado del CFDi que se ha quedado olvidado por parte de los contribuyentes es el de los complementos, o que más bien no se le presta la debida atención. Como tal,  un complemento es, por decirlo así, un bloque adicional de información de una actividad específica que se agrega (o 'complementa', pues) al CFDi en el caso de realizar o de que se lleve a cabo tales actos o actividades específicas para los que indica el SAT que hay un complemento.


A día de hoy, los complementos que están definidos por el SAT son:

  • Timbre fiscal digital (TFD). Se usa para dar validez de una factura generada por el proveedor de certificación de CFDI (va de cajón en todas las facturas electrónicas).
  • Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos. Este complemento es para la expedición de facturas por los emisores autorizados de monederos electrónicos, a los contribuyentes que adquieren combustibles
  • Donatarias. Complemento a usar por las donatarias autorizadas por el SAT para incorporar en los CFDI’s los requisitos de información en el caso de donativos deducibles.
  • Compra venta de divisas. Éste complemento se usa por centros cambiarios e instituciones del sistema financiero mexicano para incorporar en sus facturas electrónicas de ingresos la información relativas a las operaciones de compraventa de divisas.
  • Otros derechos e impuestos. Adiciona información sobre impuestos locales, como el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, impuestos de 5 al millar y 3 al millar (relativo a obras de construcción públicas), Impuesto sobre Conjuntos Urbanos, Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, entre otros.
  • Leyendas fiscales. Este complemento permite agregar redacciones de texto de contenido fiscal que por Ley se deben de agregar para las situaciones jurídicas indicadas.
  • Persona física integrante de coordinado. Adiciona información y datos de identificación del vehículo de personas físicas integrantes de coordinados, en concordancia con la Ley del ISR, que opten por pagar el impuesto de manera individual.
  • Turista pasajero extranjero. Agrega información sobre entra y salida de turistas o pasajeros extranjeros
  • SPEI de tercero a tercero. En este complemento de adiciona información sobre el uso del sistema de pagos electrónicos interbancarios (de tercero a tercero).
  • Sector de ventas al detalle (Detallista). Permite agregar información sobre las operaciones comerciales en el sector detallista
  • CFDI Registro fiscal. Permite agregar información sobre las facturas elaboradas en el apartado ‘Registro Fiscal’.
  • Recibo de pago de nómina. Este complemento incorpora la información de los pagos hechos por sueldos y salarios y conceptos asimilados (indispensable para hacer deducible el pago de la nómina).
  • Pago en especie. Puede ser usado por artistas residentes en México, dedicados a las artes plásticas y visuales e inscritos ante el SAT para que puedan pagar mediante la entrega de obras de arte de su producción.
  • Vales de despensa. Permite agregar información emitida por un prestador de servicios de monedero electrónico de vales de despensa referente a éstos conceptos otorgados.
  • Consumo de combustibles. Usado para adicionar información sobre el consumo de combustible que emiten los emisores autorizados de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles a las estaciones de servicio.
  • Aerolíneas. Este complemento es usado por las aerolíneas para manejar e integrar en la factura electrónica datos de los pasajeros.
  • Notarios Públicos. Es el que se usa para la incorporación electrónica de los datos relativos a operaciones en las que los fedatarios públicos intervienen.
  • Vehículo usado. Se usa en el caso de venta de auto nuevo en la que se recibe a cambio un auto usado y un importe monetario.
  • Servicios parciales de construcción. Para usar por prestadores de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, en observancia a lo estipulado en el “Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2015 (incisos a) y b), de la fracción II, del artículo 2 del citado decreto).
  • Renovación y sustitución de vehículos. Este complemento permite incorporar información referente a los estímulos legales por la renovación del parque vehicular (para transporte federal de carga, de pasajeros y de turismo, y de servicio público urbano o suburbano, etc.).
  • Certificado de destrucción. Para incorporar información del certificado de destrucción de vehículos otorgado en los centros de destrucción autorizados por el SAT.
  • Obras de arte plásticas y antigüedades. Permite agregar información sobre la enajenación de este tipo de objetos (p.e. tipo de bien, características de la obra, etc.).
  • INE. Éste complemento se agrega en el caso de operaciones por proveedores electorales que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios a los partidos políticos o a candidatos independientes, en concordancia con las leyes electorales de México y con los lineamientos emitidos por el INE.
  • Comercio Exterior. Usado en el caso de operaciones de exportación definitiva de mercancía.
  • Recepción de pagos. Conocido como Complemento Electrónico de Pagos, éste ya se usa de manera habitual para documentar fiscalmente las operaciones que se cubran en parcialidades o pagos diferidos (si no lo has implementado en tu empresa te podemos apoyar).
  • Hidrocarburos. Aquí se contemplan dos complementos, (1) el complemento de ‘ingresos atribuibles a los Integrantes de un consorcio derivados de la contraprestación de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos’ y (2) el complemento de ‘gastos del consorcio derivados de la ejecución de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos’.
  • Instituciones Educativas Privadas. Usado por las escuelas particulares para cumplir con los efectos del artículo primero y cuarto del Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en relación con los pagos por servicios educativos.
  • Venta de vehículos nuevos. Permite agregar a la factura la clave vehicular y el número de identificación vehicular que corresponda al vehículo nuevo objeto de la venta. Usado por fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizado de automóviles nuevos.
  • Concepto por cuenta de terceros. Usado en el caso de operaciones de comisionistas y/o de prestación de servicios de cobranza.

Es de importancia el tener en cuenta que el o los complementos que apliquen, son obligatorios para deducir la factura y para acreditar el IVA  pagado en la misma. Si tienes duda sobre cómo cumplir con los requisitos de facturación, puedes contactarnos. Ahora bien, la estructura e información a capturar son definidos por el SAT, pero la clave de esto es identificar cuándo nos encontramos ante una operación o acto o actividad a la que le corresponde su respectivo complemento.

Muy seguido veo que clientes y personas que me consultan que están obligadas a contar con complementos en sus facturas electróncias y que no ha tomado en cuenta este tema, quizás por la carga de información y datos a recabar e integrar en las facturas electrónicas. Además, es de esperar que al paso de los años el SAT llegue a emitir nuevos complementos a considerar para actividades futuras.


Algunos de estos complementos son procesados de manera ya automatizada por los emisores, pero no siempre se le da el debido seguimiento a este tema. Más aún, si no sabes si realizas (o eres parte de) alguna actividad para la que se esté obligado a incorporar un complemento al CFDi o no sabes con qué información llenar un complemento o cómo procesar la información para su captura digital en una factura electrónica, con confianza escríbenos para apoyarte.