Efectos de la Ley Antilavado de Dinero en aumentos de capital en empresas en México

Efectos de la Ley Antilavado de Dinero en aumentos de capital en empresas en México

Es común que las sociedades mercantiles, con el fin de soportar el día a día de sus operaciones en el largo plazo así como para hacer inversiones más estructurales y sustanciales, se vean en la necesidad y/o posición de tener que hacer aportaciones financieras de capital.

O, por el otro lado, que al paso de los años, decidan retirar parte del capital de la empresa por diferentes motivos.

En ambos tipos de situaciones, hay que tener en cuenta que las modificaciones al capital de una sociedad mercantil, sea aumento o disminución del mismo, tienen efectos legales de acuerdo con la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI, o Ley Antilavado de Dinero).


Lo anterior de acuerdo al artículo 17, fracción XII, letra A, inciso c) y letra B, inciso b) de la LFPIORPI, que a la letra dicen:

Se entenderá por actividad vulnerable y, por tanto, objeto de identificación: [...] la constitución de personas morales, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de tales personas.

Cabe resaltar que el texto de la letra B, inciso b) es igual, salvo que versa en específico sobre el capital de personas morales mercantiles, en tanto el texto de la letra A, inciso c) aborda a todo tipo de personas morales (sea de materia mercantil, de material civil, etc.).

Asimismo, tener en cuenta que la redacción en cuestión aclara que también aplican los mismos efectos legales para el caso de:

  • Escisión de sociedades (puedes ver más sobre ésto aquí)
  • Fusión de sociedades
  • Compraventa de acciones

Las modificaciones que se hagan al capital de las personas morales y/o sociedades legales, sean por los motivos que sean, conllevan obligaciones tanto en materia de la Ley Antilavado de Dinero como de materia fiscal, siendo en éste último rubro el presentar avisos y trámites correspondientes ante el SAT por tales tipos de modificaciones al capital así como cálculos a determinar e integrar en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Todo esto es indispensable el realizar de manera ordenada, fundamentada y sincronizada entre los diferentes tipos de obligaciones legales y fiscales, tanto para evitar infracciones y multas como para llevar un estándar de calidad en la información de negocios de nuestra empresa (si quieres ahorrarte el hacer todo ésto y no andar adivinando, con confianza te podamos apoyar).


Umbral de identificación

Al efecto, la LFPIORPI dice que en la citada disposición legal que el umbral de identificación de las modificaciones capital es a partir de los 8,025 UMA’s, que en 2022 equivale a $772,165.50 pesos mexicanos. Es decir, que sólo cuando las aportaciones excedan dicho monto, se estará obligado a informar en el portal digital de la Ley Antilavado de Dinero.


Sujetos obligados

Ahora bien, con lo anterior descrito, es de resaltar que el obligado a informar es el notario público y/o corredor público, pero que la información a informar versará y elaborará sobre la empresa que se está modificando su capital, sobre los accionistas que repercuten en tales modificaciones (nombre, CURP, RFC, monto del capital modificado que le corresponde, domicilio, etc.).


Restricción del uso de efectivo

Pero, a pesar de todo, está el requisito que establece la misma LFPIORPI que las modificaciones de capital, no pueden hacerse usando dinero en efectivo hasta por un monto de 3,210 UMA’s, que en 2022 equivale a $308,866.20 pesos mexicanos. Es decir, que las modificaciones de capital pueden realizarse en efectivo hasta por un monto menor a tal cantidad, pues al hacerlo por una cantidad mayor se cae en una situación y/o escenario con infracción por la Ley Antilavado de Dinero.

Quizás ésto está más enfocado a las aportaciones de capital, mismas que la Ley del ISR regula, también, en lo referente al uso de dinero en efectivo.


El capital de una sociedad mercantil viene a ser el patrimonio de los accionistas, mismo que debe de cuidarse y protegerse y que, como vemos, viene también a estar regulado por las diferentes leyes mexicanas. Si no sabes cómo proceder para cuidar el capital de tu empresa, escríbenos, con gusto te orientamos y apoyamos.