Libros sociales para S.A.'s
En el caso de las sociedades mercantiles, principalmente en las sociedades anónimas (S.A.’s), es de suma importancia cumplir con las obligaciones mercantiles, entre las que se encuentra la de llevar al día los libros sociales. Al respecto, la Ley General de Sociedad Mercantiles (LGSM) estipula que las S.A.’s deben llevar los siguientes libros:
- Libro de registro de accionistas: en éste se lleva la entrada o salida de socios, así como la modificación de su participación en la sociedad. Fundamento en la LGSM artículo 128.
- Libro de actas de asamblea: en éste se lleva todo lo relacionado con las fechas de las asambleas ordinarias o extraordinarias, así como los acuerdos tomados en ellas. Fundamento en la LGSM artículo 194.
- Libro de variaciones de capital: en éste se lleva registro de las disminuciones y/o aumentos del capital. Fundamento en la LGSM artículo 219.
Es de vital importancia llevar tales libros sociales y tenerlos actualizados, tanto por obligación mercantil como por una buena práctica de negocios.
Asimismo, es común que además se lleve un libro de sesiones del consejo de administración y otro de registro de contratos.
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