¿Adiós al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en 2023?
Update 2023-02-10: Checa este post para saber el status del RIF para el 2023.
La reforma fiscal del 2022 trajo consigo un cambio estructural en México, principalmente en lo referente a la facturación electrónica, a los regímenes fiscales del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Puedes checar este link para ver qué cambios hubo en 2022.
En el caso de la facturación electrónica, se instauró de manera inicial el uso de la nueva versión 4.0 de la factura electrónica en el sistema fiscal mexicano, aunque por motivos de trabas y dificultades en su implementación se ha venido posponiendo el uso de tal versión hasta enero 2023.
Por su parte, en el caso del ISR se dio la baja de diferentes regímenes fiscales a la par de la estipulación de nuevos regímenes fiscales, como es el caso del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Ahora bien, entre la baja de regímenes fiscales sonó por demás la derogación en la Ley del ISR, y por lo tanto en su correspondiente uso, del Régimen de Incorporación Fiscal para personas físicas, denominado RIF.
Origen del RIF
El RIF se creó en 2014 con el fin de atraer como contribuyentes a personas físicaas que tenían negocios que en su escala pueden ser considerados micro, pequeños y hasta cierto punto medianos empresarios. Contaba con diversos beneficios que la autoridad fiscal mexicana estimaba adecuados, entre otros: tasas de ISR, de IVA y de IEPS preferenciales y menores a las tasas convencionales, reducción de impuestos a cargo, simplificación de obligaciones fiscales informativas, así como determinación de ingresos exentos por los que no causar impuestos. Asimismo, beneficios en carga fiscal por pago de cuotas IMSS e INFONAVIT, además de beneficios de seguridad social para los patrones.
Con lo anterior descrito, el RIF gozó de una bastante notoria preferencia por entre emprendedores y negocios de personas físicas de escala PyME’s en México.
Por ejemplo, llegamos a tener casos de éxito con clientes que, tras un diagnóstico fiscal integral, detectamos áreas de oportunidad para reducir la carga fiscal del negocio, llegando a ahorrar hasta $40,000.00 bimestralmente (si quieres ahorrar en impuestos, no dudes en escribirnos).
Sorpresa para 2022...
Sin embargo, como mencionamos al inicio del post, para la reforma fiscal del 2022 quedó derogado dicho régimen con sus beneficios fiscales, pues inclusive ya ni en la Ley del ISR ni en el resto de las disposiciones fiscales principales se hace referencia al citado régimen.
Ante el clamor y desconcierto de la base de contribuyentes personas físicas que se encontraban en el RIF, la autoridad fiscal mexicana se vio en la necesidad de estipular la salvedad de permitir que durante el 2022 se le permitiera a tales contribuyentes seguir tributando en el RIF.
Pero, ¿y qué le pasará a las personas físicas del RIF para el 2023?
Es la pregunta del millón, ya sea que se permita seguir tributando en el RIF o que se obligue a los contribuyentes a pasar a otro régimen fiscal. Y es que de momento la autoridad fiscal mexicana mantiene su propuesta de que el 2022 sea el último año de tributación del RIF, pero siguen perdurando el clamor y solicitud colectivas para que subsista dicho régimen en beneficio de los contribuyentes.
Y si bien ya se está definiendo un proyecto de reforma fiscal 2023 en México, este tema del RIF, por su trascendencia en la vida de los negocios mexicanos, queda como una incógnita que se perfila se resolverá hasta el último plazo de los procesos legislativos.
Los cambios fiscales están y estarán a la orden del día en México. Con confianza escríbenos para orientarte en lo que viene para el 2023.