Facturación electrónica - Nuevo CFDI 4.0 en México
Referente a la facturación electrónica, el SAT ha definido los nuevos lineamientos a aplicar a partir del 2022, liberando así el nuevo formato 4.0 de la factura electrónica (o CFDi). Entre los cambios que podemos encontrar, están:
- Obligación de poner el nombre y el domicilio fiscal tanto del emisor y receptor (o sea del proveedor y del cliente). Estos datos habían dejado de ser obligatorios a medida que el SAT simplificó los requisitos de la facturación electrónica a lo largo de los últimos años, pues hasta hoy sólo se pedía el RFC y el código postal en referencia al nombre y el domicilio fiscal, respectivamente. Pero con la intención de fortalecer los procesos de fiscalización, el SAT ha decidido implementar como obligatoria la integración de éstos datos.
- Integración de relación con varios CFDI’s. Al día de hoy, sólo se puede relacionar 1 CFDi para con el CFDi que se esté emitiendo, pero ahora se podrán relacionar más de 2 facturas a la vez.
- Identificación de datos por venta al público en general. Se espera que se tengan que agregar nuevos datos relacionados de periodicidad de las ventas (factura por venta diaria, semanal, mensual, etc.) que amparan la factura o a ventas con público en general, es decir, aquellas ventas globales y/o por las que no nos piden facturas individuales pero que se tienen que declarar.
- Indicación de motivos de cancelación de facturas. Ahora se tendrá que seleccionar un motivo de cancelación de CFDI, de un catálogo previamente definido por el SAT.
- Integración de datos de operaciones de comercio exterior. Si bien hay un complemento para agregar datos de operaciones de comercio exterior, el SAT ha agregado al cuerpo principal de la factura un espacio para datos de este tipo de operaciones.
- Identificación de datos por pagos a cuenta de terceros. Esto es para integrar información cuando se hagan operaciones a través de terceros. Si bien también había un complemento para esto, es probable que dicho complemento sea descartado para dar uso a esta nueva integración.
El inicio de uso de la nueva factura es a partir del 2022-01-01, por lo que es indispensable que se tome en cuenta esto para integrar este nuevo lineamiento de facturación fiscal (primer requisito para hacer deducibles los gastos) a los procesos de trabajo y gestiones administrativas y de información que pueden conllevar para las empresas (si quieres ayuda en facilitar esto con confianza escríbenos).
Nuevo complemento electrónico de pagos 2.0
Pero no es todo, pues a la par de este nuevo formato de facturación electrónica, saldrá el nuevo complemento electrónico de pagos, que tendrá las siguientes novedades, entre otras:
- Desglose de impuestos trasladados por el pago (IVA, IEPS, etc.).
- Detalle de importes totales pagados.
Consideraciones sobre la cancelación de factura
Mencionamos arriba que ahora se deberá de señalar el motivo de la cancelación. A la par de esto, dentro del nuevo proceso de cancelación de facturas se deberá de relacionar e identificar la nueva factura que sustituye a la factura electrónica que se está cancelando.
Periodo de implementación.
Para tales efectos, el SAT ha definido el periodo del 2022-01-01 al 2021-04-30 como periodo en el que se podrán emitir tanto la factura electrónica 4.0 como la factura electrónica 3.3 (que es el formato que usamos al día de hoy). A partir del 2021-05-01, sólo se podrán emitir facturas electrónicas en el formato 4.0.
Es de esperar, asimismo, que sobre la marcha de los meses el SAT haga ajustes y reiteraciones a la implementación del nuevo formato de la factura electrónica, por lo que es indispensable estar atentos a posibles novedades. Con gusto escríbenos para apoyarte en este tema.