Programa de regularización fiscal 2026 en México

Con el éxito que obtuvo el programa de regularización fiscal en 2025, la autoridad fiscal mexicana decidió mantener el programa vigente para este presente año, con la intención de fomentar el pago de adeudos fiscales.


Antecedentes

Derivado de la tendencia recaudatoria a la baja a la que se enfrentaba el gobierno federal de México, para el 2025 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal, el cual consistía, de manera general, en una reducción del 100% en recargos y multas para el pago de impuestos del 2023 y años anteriores.

El citado programa demostró ser un éxito en su implementación y permitió al SAT cobrar impuestos de años atrás, creciendo las arcas de la tesorería de la nación con un sostenido auge.

Al respecto, en este post elaboramos en el entonces novedoso programa de regularización fiscal, y asimismo nos tocó aplicarlo con varios clientes que iban rezagados en el pago de sus impuestos.


Misma fórmula

Entonces, para el 2026, el SAT optó por repetir este programa nacional, con miras a mantener el cobro de impuestos de años anteriores y así sostener la recaudación tributaria en México.

Esto puede ser una gran oportunidad para liquidar el pago de impuestos que por diferentes motivos las empresas han dejado rezagados, como hemos visto con algunos de nuestros clientes. Búscanos para orientarte con una debida planeación financiera-fiscal que ayude a optimizar el flujo de efectivo y el cumplimiento de obligaciones fiscales de tu empresa.


¿A quiénes les aplica?

A personas físicas y personas morales que, en 2025, hayan tenido ingresos menores a 300 millones de pesos, aunado a que se cumplan los requisitos que para tales efectos plantea el SAT.


¿A qué adeudos aplica?

  • Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o con cuotas compensatorias.
  • Multas impuestas por la comisión de las infracciones señaladas en las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
  • Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
  • Multas con agravantes.

Requisitos

Entre otros, los requisitos que plantea el SAT son:

  • Que se trate de adeudos del 2024 o años anteriores.
  • No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).
  • No haber sido beneficiado por el estímulo fiscal al que se refiere el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el Ejercicio Fiscal de 2025.
  • No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
  • No haber recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales, con base en los lineamientos contenidos en el decreto  publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de mayo de 2019.
  • No caer en los términos del artículo 79, fracciones XXII, XXIII y XXIV, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • No ser un ente ejecutor de gasto a que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).
  • Que las contribuciones y aprovechamientos a cargo, se paguen en los 15 días naturales siguientes a la fecha en que la autoridad entregue el formulario para pagar. En el caso de pago en parcialidades, aplican condicionantes especiales.

Como vemos, es indispensable identificar la posibilidad que tiene la empresa de aplicar este estímulo fiscal, así como asegurarse de cumplir con todos los requisitos. Contáctanos para apoyarte en esto y también hacer un diagnóstico fiscal que permita detectar inconsistencias que haya que corregir y además aprovechar para prevenir contingencias fiscales.